Garzón parece rozar la prevarización (al procesar a Gorostiaga y Etxeberria contradiciendo criterio de resolución de Seccion 4ª de Audiencia Nacional).
Editorial de GARA.
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Garzón parece rayar la prevaricación
El juez Baltasar Garzón anunció ayer el procesamiento de los ex parlamentarios de EH José Antonio Etxeberria y Pablo Gorostiaga por el delito de integración en banda armada, dada su pertenencia al consejo de administración de la empresa Ardatza, propietaria de las instalaciones "Egin". Dicho auto se produce después de que la pasada semana se conociera una resolución de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional que corregía esta imputación de Baltasar Garzón contra el resto de consejeros de Ardatza. La Sección Cuarta afirmaba textualmente que «ya hemos señalado que el delito de integración en organización terrorista requiere, para poder se apreciado, que se constate la existencia de un acto de integración en la banda armada, que en el Auto de procesamiento ni tan siquiera se afirma producido. Por ello, tal imputación debe ser rechazada». En la misma resolución, unos folios antes, y en relación a Orain SA, la Sala apuntaba que la simple pertenencia a un consejo de administración «no permite afirmar la realización por los acusados de una actividad terrorista». Sin embargo, a pesar de todo ello, Baltasar Garzón se empecina en acusar a Etxeberria y Gorostiaga de integración en banda armada y parece desafiar a la Sección Cuarta al asegurar en su auto que no comparte «la afirmación de que una persona no puede delinquir por el mero hecho de hallarse integrado en un consejo de administración».
De lo conocido cabe deducir que Baltasar Garzón está dictando resoluciones a sabiendas de que contradicen autos de tribunales superiores, lo que, a la vista de cualquier ciudadano, se parece mucho al delito de prevaricación. Pero se da además la circunstancia de que dentro de este mismo sumario, el 18/98, Garzón ya clausuró Xaki después de que la Sección Cuarta indicara expresamente que sus actividades «carecen de significación delictiva», y también ilegalizó Ekin horas después de que la misma Sala asegurara que no existían pruebas documentales que establecieran la supuesta vinculación entre ETA y Ekin. El juez afirmó que había recogido nuevos datos.
A la vista de estos hechos, en un Estado de Derecho cabría esperar que algún superior jerárquico del juez que está actuando de esta manera y que está viendo corregidas buena parte de sus acusaciones en este sumario se decidiera a intervenir, puesto que son decenas las ciudadanas y ciudadanos que pueden sentirse desprotegidas. Pero nos encontramos ante un caso político y ante un juez que goza de la protección del Gobierno de José María Aznar al que, como reconoció Jaime Mayor Oreja, está ofreciendo un enorme servicio.
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